Las instituciones tienen el deber de revisar periódicamente sus condiciones de subsistencia incorporando reformas en su administración.
16 de abril de 2026.
La Universidad Autónoma de Sinaloa, continua con un proceso reformatorio que le permita resolver urgencias presupuestales, administrativas y normativas. Las resistencias laborales no han sido sencillas. El pasado normativo pretende oponerse a los cambios que son irremediablemente necesarios.

Se esperaban escenarios como los que se están viviendo. Habría oponentes que tratarían de obstaculizar lo que la UAS necesitaba. Sin embargo, las acciones legales y administrativas tendrían que impactar en los escenarios universitarios para seguir avanzando.
El tiempo arraigó conceptos de una supuesta inamovilidad en las normas laborales sobre todo en algunas derivadas del contrato colectivo de trabajo.
La constitución federal y la ley federal del trabajo, sin duda, tiene columnas vertebrales que soportan los derechos de la clase trabajadora, pero se pretende omitir, que los patrones también son sujetos de derechos en ese mismo universo normativo.
Las colisiones entre trabajadores, sindicatos y patrones derivada de una relación jurídico-laboral antagónica, no puede verse en la victoria o en la derrota de dichos sujetos, que los derechos no puedan ser objeto de revisión y de reformas llegado el caso.

En el derecho, ninguna condición pactada puede considerarse inamovible.
La justificación de la reingeniería universitaria ya ha sido suficientemente explicada tanto a la comunidad universitaria laboral y administrativa como al estudiantado en general.
La gran mayoría la ha adoptado como necesaria aun y cuando se produzca alguna afectación a sus percepciones salariales o jubilatorias. La aspiración de recibir un beneficio futuro es la justificación que anima a seguir construyendo para alcanzar, después de extinguida la relación laboral, condiciones de dignidad más favorable para el jubilado y/o pensionado y sus familias.
Lo dijimos en este espacio de opinión, y se reitera. El hecho de que algunos tribunales de distrito o colegiados hayan admitido demandas de amparo u otorgado suspensiones provisionales o definitivas, ello no garantiza el reconocimiento de un derecho que todavía se encuentra subjudice.

Ahora, los tiempos en que se vivieron las primeras experiencias en una reforma normativa del contrato colectivo de trabajo en la Universidad Autónoma de Sinaloa, pudo haberse resuelto un derecho de manera segura y vitalicia como es la jubilación dinámica para todos los laborantes en dicha Casa de Estudios Rosalina.
Pero eso es historia y una experiencia que ha servido como referente para que la revisión a dicha prestación siga siendo objeto de atención para que se le de un tratamiento de sostenibilidad futura.
Toda determinación que tienda a la modificación pecuniaria con motivo de alguna reforma que lo aparte de algún riesgo que lo pueda extinguir en algún momento de su vigencia, es lo que produce esas colisiones que lamentablemente pueden aterrizar en desenlaces dolorosos.
Lo que ocurre en las reformas implementadas en la Universidad Autónoma de Sinaloa, si bien era motivo para que se dieran esas manifestaciones contrarias, lo cierto es que en ellas no hay marcha atrás, y lo saben los inconformes.

Que se estén dando algunos chispazos de que los descuentos sean suspendidos en favor de algunos, tampoco deben verla como una realidad que deba ser aplaudida. Los juicios no han sido sentenciados, las cartas siguen jugando.
Lo cierto, y es un nuevo recordatorio, que ante las políticas federales orientadoras para la reordenación financiera, administrativa y normativa de las Instituciones de Educación Superior, particularmente en las autónomas, y ante los criterios ya conocidos dictados por la suprema corte de justicia de la nación y la reforma reciente al artículo 127 de la constitución federal, son mensajes insoslayables, que no deben ser desechados por los inconformes, porque quien da recursos para sostener un derecho como la jubilación, está también en su derecho para condicionar la entrega de recursos para darle vigencia a ese derecho, o no? Es una cuestión de óptica política y jurídica pero también de conciencia.
¿Usted qué opina?






