NOMBRAMIENTO AFECTADO DE NULIDAD ¿CONFLICTO DE INTERÉS?


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No es una cuestión de capacidad sino de estricta legalidad. El nombramiento otorgado a Denise Azucena Díaz Quiñonez como Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, está afectado de nulidad.

 

Jueves 6 de octubre de 2022.

El martes 04 del mes en curso, por la mañana, me encontraba de visita por las instalaciones de la Universidad Autónoma de Sinaloa, donde tienen su asiento sus oficinas generales, en el Desarrollo Urbano Tres Ríos, y por casualidad me toco saludar a la ahora funcionaria quien procuraba entrevistarse con el Director General de Recursos Humanos de la citada Institución.

La visita, fue para solicitar licencia a su plaza de base que tiene en la Unidad Académica Facultad de Contaduría y Administración. Previamente lo había realizado en la sección administrativos del SUNTUAS de la que es miembro activo.

La licencia, debe puntualizarse, no convalida el nombramiento que le fue otorgado, continúa existiendo un conflicto de interés y la causa que le impide conocer de los juicios laborales que se promuevan o los que están en trámite en contra de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

La licencia, lo que hace es suspender los efectos de la relación o del contrato de trabajo, por el tiempo solicitado, pero la solicitud de separación temporal por licencia no extingue la relación laboral. La mencionada funcionaria, continúa siendo trabajadora de la Institución con la que celebró su contratación laboral, y esa condición es la que impone la ley, entre otras.

En mi comentario del día 03 (tres) de los corrientes, no mencioné esta posibilidad porque sabía que se recurriría a esta salido como fórmula de solución al problema. Pero no es así, quien haya pensado que esa era la salida legal está equivocado.

De manera que, la trabajadora universitaria nombrada como Presidente del mencionado Tribunal Laboral, aún con licencia, deberá excusarse de todos los juicios laborales que se promuevan en contra de la Universidad Autónoma de Sinaloa, de los que estén en trámite o donde haya sido nombrada como apoderada de trabajadores, ya que de lo contrario, sino lo hace, será causa de responsabilidad administrativa y de otras seguramente.

El órgano interno de control competente o las áreas anticorrupción deberán de intervenir de manera oficiosa ya que dicha nominación violenta disposiciones legales que deben ser corregidas por los procedimientos administrativos que procedan.

La administración universitaria, está en un dilema, ya que por un lado se violenta la legalidad y por otro se presenta un conflicto de interés con la funcionaria que puede trascender en perjuicio a los derechos de la Universidad Autónoma de Sinaloa en los juicios laborales donde es parte, sino se revoca el nombramiento, se deberán promover, en cada juicio, las recusaciones correspondientes contra dicha funcionaria.

El señor Gobernador sabe que no fue debidamente orientado en este asunto y que le afecta porque fue quien firmó el nombramiento que le hace ruido y mucho. Si su interés es incorporar a su amiga a la administración estatal, hay otras áreas en las que no causaría el menor inconveniente, como el Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje, por ejemplo.

La comunidad universitaria seguro que está impactada porque arriba al frente de un tribunal quien no está habilitada para el cargo.

¿Usted qué opina?


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